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  Permitido adelantar en prohibido Hay situaciones excepcionales donde sí está permitido adelantar en prohibido, siempre que se haga sin comprometer la seguridad de nadie. Carlos NICOLÁS FRAILE El Reglamento General de Circulación establece, como norma general, que está prohibido adelantar donde no sea posible hacer la maniobra de forma segura: en curvas y cambios de rasante de visibilidad reducida, en pasos para peatones señalizados, intersecciones, pasos a nivel y en las cercanías de todos ellos, y dentro de túneles.  Situaciones excepcionales donde el adelantamiento prohibido sí está permitido por razones de fluidez, siempre que se realice sin comprometer la seguridad: 1. Intersecciones: solo si existe prioridad 2. Pasos a nivel: con visibilidad, sí   3. A ciclistas en carretera 4. Glorietas: excepción entre las intersecciones     5. Túneles: con dos o más cariles 6. Vehículos inmovilizados      7. Más lentos Revista Tráfico DGT    ...